VOX exige modificar la ley para prohibir expresamente los referéndums separatistas y recuperar el delito de sedición |

VOX exige modificar la ley para prohibir expresamente los referéndums separatistas y recuperar el delito de sedición

El Grupo Parlamentario VOX ha registrado una proposición no de ley, para su debate en la comisión Constitucional, con el objetivo de modificar la ley orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, para que quede expresamente prohibida la celebración de cualquier consulta que tenga por objetivo romper España.

La presentación de la iniciativa se enmarca en las diferentes acciones que VOX lleva realizando desde hace tiempo -que los fugados de la justicia sean inelegibles, prohibir las negociaciones políticas con este tipo de delincuentes o ilegalizar a los partidos separatistas entre otras- para frenar el golpe de Pedro Sánchez con la amnistía y que ya ha tenido su primera consecuencia: el prófugo de la justicia, Carles Puigdemont será el candidato de Junts a las elecciones catalanas del próximo 12 de mayo.

En el texto registrado, la formación explica que la nación española es un sujeto que trasciende la Constitución, pero que a su vez se constituye en Estado y se otorga la propia Constitución como norma fundamental, también debe prever y articular los mecanismos para su protección y defensa frente a los ataques, tanto internos como externos, que contra la misma nación y contra su soberanía puedan perpetrarse.

Por otra parte, se recuerda que desde 2009, fecha en la que las autoridades del municipio catalán de Arenys de Munt organizaron una supuesta consulta popular bajo la apariencia de referéndum, se han realizado otras tantas consultas semejantes. El único objetivo de tales hechos ha sido crear el caldo de cultivo necesario para la organización de un auténtico referéndum separatista de alcance regional que, contemplando la opción de escindir de nuestro país una de sus partes, equivale a consumar la aniquilación de España como nación soberana, algo que se vio plasmado en el referéndum del 1 de octubre de 2017 convocado por Puigdemont.

“Tales hechos fueron juzgados por el Tribunal Supremo, que dictó Sentencia condenando a la mayor parte de los autores de la organización y celebración de tal referéndum ilegal. Sin embargo, algunas de las defensas de los implicados esgrimieron una supuesta falta de tipicidad de las conductas descritas, con base en que el delito de referéndum ilegal había desaparecido de nuestro Código Penal en 2005”, señala la iniciativa.

Por ello, los firmantes de la iniciativa consideran que “es evidente que los motivos expuestos en la LO 2/2005 han quedado plenamente rebatidos por los acontecimientos” y remarcan la importancia de “recuperar de manera inmediata los delitos de convocatoria y celebración de referéndums ilegales en el Código Penal, con el fin de que el ordenamiento jurídico disponga de todos los instrumentos necesarios para castigar, y sobre todo disuadir, a quienes violen las leyes con el fin de destruir la Nación”.

La Constitución permite la celebración de referéndums en base al artículo 92 de la misma, pero es obvio que no corresponde ni puede corresponder a una parte de la Nación decidir sobre el todo. La Carta Magna no configuró el referéndum para ese fin en el artículo 92, sino para favorecer la participación responsable y frecuente de los ciudadanos en los asuntos públicos.

Santiago Abascal (Fuente: VOX)

Ante esta situación y con el regreso del golpista Puigdemont -que ya ha manifestado que quiere volver a ser presidente de Cataluña- el Grupo Parlamentario VOX presenta varias medidas para evitar la celebración de un nuevo referéndum secesionista, tal y como Junts sostiene que hará, destacando las siguientes:

-Impulsar la modificación de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, para que quede expresamente prohibida la celebración de cualquier consulta cuyo objeto pudiera versar sobre la integridad territorial de la nación o la soberanía nacional.

-Promover la reforma de la Ley Orgánica 10/1995 de 23 de noviembre, del Código Penal en el sentido de recuperar la tipificación de los delitos de convocatoria y celebración de referéndums ilegales y, en particular, para imponer sanciones más severas cuando la consulta versare sobre la soberanía, la independencia, la integridad territorial o la unidad de España y el orden constitucional que en ella se fundamenta.

-Impulsar una reforma legislativa que deje sin efecto la derogación de los artículos 544 a 549 de la citada Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penalrecuperando así la vigencia del delito de sedición, además de aumentar las penas de privación de libertad aparejadas a él.

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