Argentina sube los impuestos por la puerta de atrás: Aumenta la percepción del IVA al 24% para alimentos y artículos de higiene básica |

Argentina sube los impuestos por la puerta de atrás: Aumenta la percepción del IVA al 24% para alimentos y artículos de higiene básica

Se trata de un recargo aplicado sobre el régimen de percepción del impuesto, aplicado sobre ventas de productos alimenticios con precios superiores a los $60. Se espera un rápido traslado a precios minoristas, y la carga será costeada por los consumidores en plena crisis económica, según informa el digital argentino La Derecha Diario.

Conforme las metas del Fondo Monetario Internacional (FMI) se vuelven cada vez más difíciles de cumplir, el Gobierno kirchnerista resolvió un nuevo aumento impositivo para forzar la recaudación tras las caídas observadas durante los primeros dos meses del año.

La AFIP anunció un nuevo régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) mediante la Resolución General Nº 5329/2023 publicada en el Boletín Oficial. Se trata de una ordenanza que afecta principalmente a las ventas sobre bienes de consumo masivo: los alimentos y bebidas no alcohólicas, los artículos de higiene personal y de limpieza.

Bajo el nuevo régimen, los agentes responsables inscriptos se verán obligados a actuar como agentes de percepción del IVA, siempre y cuando se registren ventas sobre los bienes de consumo señalados y cuyo precio unitario supere los $60. La AFIP aplicará un recargo impositivo a modo de “importe” por la percepción que alcanza el 3%.

Las medidas tendrán vigencia a partir del próximo 1° de abril, y se espera un rápido traslado a precios a lo largo de toda la cadena de valor, hasta finalmente llegar a los bolsillos de los consumidores finales en las góndolas. 

Como el IVA es un impuesto multifásico acumulativo, y como el recargo sobre la percepción del impuesto supone un aumento de los costos, hay quienes denuncian la elevación de la tasa efectiva del tributo hasta el 24% sobre los productos finales que se ven afectados.

La AFIP respondió a las acusaciones asegurando que la tasa por el régimen de percepción es computable como pago a cuenta del IVA, es decir, constituye una suerte de “adelanto” impositivo a lo que más tarde se deberá pagar por el impuesto, y en cuyo caso se descuenta en el futuro como un crédito fiscal a favor del agente de percepción.

Pero la realidad no es tan simple como lo propone la AFIP. Si bien desde un primer comienzo se genera un saldo favorable de los agentes de percepción con la AFIP, esto por haber adelantado el pago del impuesto por medio de la retención de 3%, lo cierto es que existe un rezago y el productor debe cargar con este costo hasta tanto no perciba su acreencia.

En medio de una realidad inflacionaria tan dramática como la que vive el país, con precios minoristas que aumentan a razón del 6,6% mensual y casi 2% cada semana, el “efecto rezago” que crea el nuevo régimen de percepción involucra un costo muy real para los productores en el corto plazo. Estos costos podrían ser rápidamente trasladados a precios, y de no hacerlo entonces sí la alícuota efectiva del IVA sería mucho más aplastante de lo que ya es el 21%.

Pero ya sea un recargo sobre la espalda de los productores o de los consumidores, indefectiblemente el nuevo régimen de percepción tendrá costos aparejados que no podrán sortearse, especialmente en un rubro tan delicado como los alimentos y las bebidas no alcohólicas.

Otro problema importante de la resolución de la AFIP es que señala un valor unitario nominal de $60 para los productos alcanzados, un precio que podría quedar rápidamente desactualizado y consumido por el rápido ritmo de aumento de la nominalidad argentina.

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