¿Es la inconstitucionalidad del primer estado de alarma un paso hacia el reconocimiento de la mayor vulneración de derechos de la historia?

Las aberraciones legales y jurídicas, incluyendo al segundo estado de alarma y todo lo que las Comunidades Autónomas han aplicado, no tienen parangón. La declaración de inconstitucionalidad del primer estado de alarma es un soplo de aire fresco para aquéllos conscientes de las barbaridades por las que está pasando España y que amenazan ser mayores con la totalitaria reforma de la Ley de Seguridad Nacional, indudablemente totalitaria en su naturaleza. ¿Abre la puerta para que se pueda reestablecer el imperio de la ley perdido en España?

El artículo 19 de la Constitución Española no deja lugar a dudas: «Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional». En marzo de 2020 se le prohibió circular libremente a 46 millones de personas contra su voluntad, sin juicio previo, en absoluta indefensión (juzgados cerrados) y con total presunción de culpabilidad (enfermedad). Se les encerró en su casa en lo que constituyó un masivo delito de detención ilegal. Destruir los derechos fundamentales, y más a tal nivel, es un crimen contra la humanidad.

Un crimen contra la humanidad que no quedó ahí. El aislamiento, el terror y la mala praxis hecha protocolo llevaron a la muerte a miles de españoles, la campaña de terror mediático hizo perder la serenidad a millones y la imposibilidad de trabajar arruinó a otros tantos millones. Todo ello bajo el continuo abrigo mediático de distorsión de la realidad que trató de fabricar la aceptación de tales coerciones, crímenes y genocidio enmascarado. Esa ficción de consentimiento mediático basado en el miedo y en la propaganda no es eximente para los crímenes que se han cometido.

Otros derechos fundamentales recogidos en la Constitución han sido vulnerados: el artículo 15 de la Constitución Española, con la obligatoriedad de las mascarillas, el derecho a la integridad física y moral; el 17 habla claramente de la libertad y de la detención preventiva, que indudablemente ha sido violado. Y el derecho de reunión del artículo 21 ha sido tratado como papel mojado.

Aberraciones legales sin precedentes

Tales violaciones de derechos no tienen cabida en un estado de alarma cuya argüida idoneidad, que en primer lugar fue un acto de ficción política, creó el problema que fingía resolver. La Constitución Española en su artículo 55 dice que el estado de alarma no puede suprimir la libertad del artículo 17, la movilidad del artículo 19 o el derecho de reunión del 21. Asimismo, el artículo 116 apunta claramente que los estados de alarma sólo podrán alargarse por 15 días. No hay posibilidad de interpretación malabarista. Las aberraciones legales y jurídicas, incluyendo al segundo estado de alarma y todo lo que las Comunidades Autónomas han aplicado, no tienen parangón.

Del mismo modo, innumerables tratados internacionales y leyes orgánicas han sido y siguen siendo vulnerados por leyes de menor calado y disposiciones autonómicas. La jerarquía normativa ha sido quebrantada en España. Lo que incluye a todos los tratados internacionales firmados por España, empezando por cada uno de los artículos de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de los cuáles, por ejemplo, el artículo 3 dice que: «Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”, el artículo 9: “Nadie podrá ser arbitrariamente detenido» o el 13: «Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado». O hasta el Código de Núremberg, que establece que el consentimiento del sujeto para un tratamiento médico es esencial. Indudablemente, esto sólo supone una parte muy menor de todas las tropelías jurídicas emprendidas.

Delitos de homicidio ¿imprudente?, coerción, detención ilegal y delitos contra los derechos fundamentales están siendo la norma de nuestro tiempo. La sociedad, como si estuviera apresada por el embrujo de la negación de la maldad, no se atreve a mirar de frente al elefante en la habitación del mayor crimen de la historia de España. Es un hecho difícil de asumir, puesto que ese crimen ha sido cometido por los políticos y funcionarios en los que tiene puesta su confianza, y, claro, encubierto por los medios.

La declaración de inconstitucionalidad abre una puerta inesperada a hacer justicia y a que en su debido tiempo exista la posibilidad de que el estado de derecho y la libertad vuelvan a ser firmes en España. Mientras tanto, sigamos luchando por la libertad que Dios nos dio, antes de que la Ley de Seguridad Nacional sea capaz de implantar el totalitario Great Reset en España.

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