Empuja a su madre que se agarra a la barandilla y fue soltando dedo a dedo sus manos hasta que cayó |

Empuja a su madre que se agarra a la barandilla y fue soltando dedo a dedo sus manos hasta que cayó

El Juez ha decretado prisión provisional comunicada y sin fianza, por un delito de homicidio con la agravante de parentesco, para el hijo detenido por la muerte de su madre el viernes pasado en Pamplona al considerar que existen «indicios racionales» de que la empujó fuera del balcón con «intención de acabar con su vida».

Mientras el investigado, quien en el momento de los hechos podría encontrarse afectado por un brote psicótico provocado por la esquizofrenia paranoide que padece, precise de tratamiento médico psiquiátrico en régimen de internamiento, la prisión se llevará a efecto en la Unidad de Psiquiatría del Complejo Hospitalario de Navarra, donde deberá quedar custodiado policialmente.

En el auto, el Juez considera que existen indicios racionales de que S.G.Z., sobre las 16:10 horas del día 23 de agosto, «tras forcejear con su madre, consiguió llevarla hasta el balcón de su domicilio, sito en la cuarta planta del edificio, y, con intención de acabar con su vida, la empujó fuera del balcón».

Inicialmente, según prosigue, no consiguió su propósito «al sujetarse la víctima fuertemente de la barandilla, ante lo cual el detenido fue soltando las manos de su madre de donde estas se agarraban, cayendo finalmente la víctima a la calle, donde falleció prácticamente en el acto como consecuencia del golpe sufrido».

Los hechos, según el titular del Juzgado de Instrucción número 2, han quedado «indiciariamente acreditados» a través de las declaraciones de numerosos testigos que presenciaron los hechos, así como por el propio reconocimiento de estos por el detenido en su declaración judicial.

Estos hechos son constitutivos de un delito de homicidio con la agravante mixta de parentesco, castigado, en principio, con pena de doce años y seis meses a quince años de prisión, indica el juez.

De los informes forenses y psiquiátricos recabados y de su declaración se desprenden, «indicios» de que en el momento de cometer los hechos, «podría encontrarse afectado por un brote psicótico provocado por la esquizofrenia paranoide» que sufre desde hace tiempo, por lo que precisa tratamiento médico en régimen de internamiento.

Aunque ello pudiera, en su caso, constituir una circunstancia que excluyera su responsabilidad criminal, el Juez considera que dada «la extrema gravedad» de los hechos y la fijación que ha demostrado respecto de otros miembros de su familia, «dejarlo en libertad supondría, en este momento y en estas condiciones, un claro riesgo» que podría frustrar la finalidad del proceso penal y atentar contra bienes jurídicos de terceras personas.

Es por esto por lo que «aconseja adoptar la medida solicitada por el Ministerio Fiscal, si bien, en tanto continúe la necesidad de recibir el investigado tratamiento médico, la prisión se materializará en la Unidad de Psiquiatría del Complejo Hospitalario de Navarra, donde deberá permanecer custodiado policialmente en todo momento».

No podrá ser dado de alta sin autorización previa de este instructor, remarca, «que dispondrá lo oportuno, previa audiencia de las partes personadas, sobre la situación personal del investigado en función de su estado en ese momento».

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